sábado, 14 de enero de 2012

Lady Gaga fue denunciada ante la justicia por malos tratos a una empleada


Por desgracia el maltrato laboral existe en todas las profesiones. En este caso la famosa Lady Gaga ha sido acusada de cometerlo, y al parecer no sería la primera vez.

Jennifer O’Neill fue asistente de la cantante por más de trece años, y al parecer, durante la relación fue obligada a realizar todo tipo de tareas denigrantes por el sólo placer de la diva. Ahora, O’Neill la ha demandando por haberla sometido casi a la esclavitud, y pide alrededor de 400 mil dólares por unas 7 mil horas extra que no le fueron pagadas a lo largo de la vinculación laboral.

O’Neill era la asistente personal de Lady Gaga, y según el diario New York Post, presentó una denuncia contra la cantante por explotación laboral ya que dice haberse sentido "esclava" de la cantante, quien no le dejaba tiempo para almorzar ni dormir ya que debía estar disponible a cualquier hora.

Según las pruebas aportadas en la denuncia la mujer, de 41 años, tenía que estar pendiente de detalles como asegurarse de dar una toalla a la diva después de la ducha o servirle como despertador para sus citas. Entre sus obligaciones debía asegurar la disponibilidad de la ropa elegida por Lady Gaga, una tarea ardua ya que la cantante es famosa por sus atuendos estrafalarios.

O'Neill, que cobraba 75.000 dólares al año por su trabajo, no es la primera asistente personal de Lady Gaga que denuncia los comportamientos de la estrella. Angela Ciemny, que se desempeñó en el mismo cargo, reveló años atrás haberse visto obligada a dormir con la cantante muchas noches porque la artista se negaba a estar sola.

O'Neill presentó la demanda ante una corte federal de Manhattan.

Como balance podemos decir que por suerte, cada vez son más las personas que se animan a denunciar estos malos tratos, y cada vez son más las legislaciones nacionales que reconocen la existencia de éstas prácticas como injuriosas de la relación laboral y le dan entidad en la justicia.

miércoles, 28 de diciembre de 2011

Mobbing: jefe que denunció empleados y fue hostigado

En una sentencia reciente, la Sala VII de la Cámara Laboral de la Capital entendió que había existido “mobbing” –y utilizó el término específicamente- contra el jefe de una sucursal del Correo Argentino que, tras denunciar a empleados por manejos turbios, fue hostigado hasta el punto de necesitar licencia psiquiátrica.

El fallo se dio en el caso "B., J. E. c/ Correo Oficial de la Republica Argentina S.A. s/ despido" del 23 de noviembre de 2011, en el que el Dr. Néstor Rodríguez Brunengo hizo un análisis impecable de la situación acaecida y, junto al a Dra. Stella Ferreirós, revocaron la sentencia de primera instancia que no había tenido en cuenta el informe pericial psiquiátrico por el que se determinó que el actor padecía un “trastorno adaptativo mixto, con ansiedad y estado de ánimo depresivo”, que desencadenó en un Grado III e incapacidad psíquica parcial y permanente del 20% t.o.”. Otorgándole en consecuencia una indemnización por daño moral –ya que en el derecho Argentino no hay ley aún que regule el acoso laboral- de $50.000.-

Todo comenzó cuando el actor, que era Jefe de Oficina de la sucursal del barrio de Flores del Correo Argentino, hizo una denuncia por maniobras ilícitas de empleados de la sucursal, luego de lo cual comenzó a ser hostigado, perseguido y discriminado por éstos. Hasta el punto de llegar a tener una descompensación durante horas de trabajo, diagnosticándosele un “trastorno depresivo mayor debido al estrés laboral sufrido”. Todo lo cual fue avalado por el servicio de medicina laboral de la demandada, y por ello le fue otorgada una licencia médica.

De manera intempestiva la demandada le otorgó el alta médica antes de lo que su psiquíatra le indicaba, y lo intimó para que retomara tareas. Sin embargo, cuando se presentó a trabajar lo hicieron ir varias veces a distintas sucursales sin asignarle tareas concretas aduciendo no tener un puesto acorde a su experiencia. 

Luego de casi dos meses de tenerlo en situación de hacerlo ir a trabajar pero no asignarle tareas efectivas, el actor intimó a la demandada para que aclarase su situación laboral, cuyo estado de incertidumbre acrecentaba el cuadro de maltrato y angustia, pero ésta pretendió “endilgarle al actor un abandono de tareas”, cosa que aquél rechazó y generó el caso judicial.

Una vez más la justicia ha llenado por medio de la jurisprudencia, un vacío legal que existe en nuestra legislación, pero que los hechos demuestran que se produce a diario en diferentes profesiones y en todos los niveles de la escala laboral. Esta vez padecido por un superior a quien sus subalternos hostigaron produciendo un daño en su salud, y que la empresa empleadora no logró manejar en forma adecuada para evitar que el trabajador sufriera el maltrato laboral al que finalmente fuera sometido.

Si desesa leer el fallo completo visite nuestra web www.acosados.com.ar 

viernes, 16 de diciembre de 2011

Zulemita Menem condenada por acoso laboral

La Sala V de la Cámara del Trabajo de la Capital Federal determinó que la hija del ex presidente deberá indemnizar a una asistente personal por poco más de 56 mil pesos tras haberle causado un 20% de discapacidad laborativa debido a la agresión psicológica que le propinaba.

Según los jueces Enrique Arias Gibert y María García Margalejo “el desempeño de la actora Ana Soberon fue en un ambiente laboral hostil, en el que recibió maltrato e insultos de la codemandada Menem y la imposición de tareas distintas para las que había sido contratada”, ello generó el estrés laboral.

Soberon había sido contratada durante la última presidencia de Carlos Menem para trabajar en la “Biblioteca y Museo Dr. Carlos Saúl Menem”, luego siguió trabajando en forma conjunta para la Fundación Carlos Saúl Menem (h), Núñez Autos S.A. y Zulema María Eva Menem, por un sueldo mensual de mil dólares.

Si bien la discusión giró también en torno a otros rubros indemnizatorios por la desvinculación, -en lo que aquí nos interesa analizar-, el fallo demuestra una vez más que aunque no haya legislación específica que lo ampare, el mobbing es tenido en cuenta por los jueces nacionales a la hora de dictar sentencias.

Al parecer se pudo comprobar que Soberon era maltratada y hostigada por Zalemita, quien hizo dar de baja las líneas de acceso telefónico de las que ella disponía, controlaban sus llamadas entrantes y era negada su presencia a quienes la llamaban.

Asimismo, Zulemita la trataba de “abombada”, de “estúpida”, y hasta la acusó de robar una caja de cubiertos de la vivienda. Al parecer la criticaba por el modo en que se vestía y maquillaba. Tanto la hija del ex mandatario como su ex esposa, Zulema, le pedían tareas fuera de su horario de trabajo y en cualquier día de la semana, incluyendo días feriados e inhábiles. Incluso, la empleada era “obligada a ocultar información vinculada con las demandadas ante posibles inspecciones o diligenciamiento de acciones judiciales”.

En noviembre de 2005, Soberon se tomó licencia médica, fue entonces que Zulemita la llamó por teléfono diciendo cosas como: “Tenés que volver al trabajo y pedirme perdón por tu mala actitud”; “Voy a hacer seguir tus pasos, yo tengo poder”; “Le voy a contar a todos qué clase de mujer sos, que cosa son tus hijos, que cosa es tu ex marido”; “Ya sos una mujer grande para conseguir trabajo en otra parte, yo conozco a todo el mundo y todos me cuentan todo, si querés buscar trabajo voy a dar malas referencias tuyas, vas a ver!”, le habría dicho. A las pocas semanas se rompió el vínculo laboral y la empleada le inició la demanda.

En la causa, la perito médica psiquiatra dictaminó que Soberon presentaba una “incapacidad laborativa del 20% de la total obrera por trastorno por estrés postraumático de grado severo cronificado (reacción anormal vivencial grado III)”, basado en el baremo del decreto 659/96.

En primera instancia se había atribuido al tipo de trabajo hostil, sólo el 10% de los trastornos sufridos por la actora porque se entendió que podrían haber concurrido otros factores ajenos a lo laboral. Sin embargo, los jueces de Cámara le dieron la razón a la demandante en cuanto al nexo causal entre el grado de minusvalía con relación al trabajo, ya que el peritaje médico fue categórico al dictaminar que “…la patología psíquica que presenta la actora tiene relación de causalidad con los hechos acaecidos durante su trabajo” y que “No se considera concausalidad en el cuadro psicopatológico de la actora”. Entonces en la Cámara entendieron que si hubiera existido relación con otras causas la médica psiquiátrica las hubiera tenido en cuenta.